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El Canillita Digital
¿Me voy a España? |
| Preguntas mas frecuentes de los inmigrantes Por Dr. Osaro |
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¡No soy un auténtico doctor!
NOTA IMPORTANTE: se ha intentado simplificar al máximo las respuestas con el fin de dirigirlas a usuarios sin conocimientos. Toda simplificación siempre tiene el riesgo de dejar fuera ciertos supuestos poco comunes, por lo que para casos concretos se debe acudir a expertos o profesionales. Este texto es una mera guía que debe seguirse con fines orientativos, sin que nadie se responsabilice de la exactitud de las respuestas ni de los perjuicios que su seguimiento pudiera ocasionar. Inmigrantes comunitarios Hola, tengo la nacionalidad italiana y quiero ir a España a trabajar, ¿puedo hacerlo?. Los ciudadanos comunitarios tienen su propio régimen especial. En efecto, puedes venir a trabajar sin problema y sólo tienes que realizar ciertos trámites. Sin embargo, hay que aclarar que, salvo ciertos casos, no damos soporte a ciudadanos comunitarios, pues, para nosotros no son "extranjeros". El inmigrante que desea venir a España Tengo entendido que no necesito visado para ir a España. Cuando llegue allí mi intención es estudiar y, en cuanto pueda, encontrar un trabajo, ¿es posible? Posible sí, pero no legal. Para venir a España a estudiar o trabajar SIEMPRE se necesita visado de estudios o trabajo. El hecho que ciertos países estén exentos de tal requisito se refiere a estancias turísticas o de visita que en ningún caso autorizan a trabajar o estudiar. ¿Cuanto tiempo puedo estar legalmente si entro sin visado? Al efectuar la entrada, las autoridades pueden limitar la estancia según el dinero que traigas. En cualquier caso, si no hay limitación de estancia, el máximo tiempo es de tres meses. Me han dicho que se puede pedir una prórroga (de estancia) al transcurrir los tres meses ¿cuantas prórrogas puedo pedir? Sólo tienes derecho a una, que no suele concederse a menos que existan motivos muy especiales. Al transcurrir el tiempo legal de estancia, con o sin visado, se puede pedir una prórroga. En cualquier caso, la estancia legal será siempre de un máximo de seis meses en un periodo de un año. Este plazo también se aplica aunque hagamos múltiples entradas y salidas. Soy Colombiano. Vine a través de otro país europeo no comunitario y no me han puesto sello de entrada ¿cómo se cuenta el tiempo en estos casos? A veces ocurre que se cruza una frontera que carece de controles fronterizos. En otras ocasiones, existe control pero no paran a nadie debido a que el país de procedencia no tiene "problemas" migratorios y presumen que todos los pasajeros son de dicho país. Sin embargo, los extranjeros tienen la obligación de declarar su entrada, salvo los supuestos especiales que no son el caso. Es decir, que si vienes de turista a España, entrando por un tercer país fuera de Shengen, has debido requerir a la policía del control fronterizo que te pusiera un sello de entrada. Si no hay tal control, este trámite debe realizarse en cualquier comisaría en el plazo de 72 horas. En definitiva, se ha producido una entrada irregular -mal comienzo- ya fuera por despiste o por demasiado listo. Quiero traer a una amiga nigeriana y, para que la den visado, me han pedido una carta de invitación. Les envié la carta, hecha ante notario, y pruebas de mi solvencia, que es bastante grande. También me obligaron a comprar el billete de ida y vuelta y un seguro médico. Sin embargo, la embajada le ha denegado el visado y no han dado ninguna explicación ¿es esto legal?. Para conceder visados de corta duración, es decir, visita familiar, turismo, etc... lo que más se valora son las garantías de retorno al país de origen. Poco importa si el que invita es millonario o si el resto de los requisitos se cumplen. Por poner un ejemplo, una persona de mediana edad con un buen trabajo en el país de origen, esposa e hijos, ofrece ciertas garantías. Una joven sin trabajo y poco arraigo tiene un alto riesgo de no regresar una vez transcurrido el plazo del visado. Por desgracia, este tipo de visados no necesitan ser motivados. Dicho de otra manera, la embajada puede denegarlos porque así se lo parece y no dar ninguna explicación. Mi país está muy mal: hay violencia y pocas oportunidades de trabajo. ¿cómo puedo emigrar a España? La manera legal sería encontrar alguna empresa que desee contratarte, o, si hay acuerdos bilaterales, acudir a los organismos de tu país que coordinen la emigración. ¿Qué es eso del contingente? Según el Gobierno, la forma de regular la inmigración relacionada con el mercado de trabajo. Se trata de ofertas de empleo genéricas que funcionan de la siguiente forma: los empresarios españoles piden un número de extranjeros, el gobierno concede otro (cupo) y se comunica a los países que tengan acuerdos. Finalmente los organismos de esos países serán los que seleccionen y envíen los trabajadores. Las ofertas de empleo son genéricas, es decir, el empresario no puede a priori especificar quién va a ser el trabajador. Se supone que los países de origen crean algún tipo de censos donde se apuntan los trabajadores que desean emigrar. El inmigrante que está en España Mi visado ha vencido y creo situarme entre los que llaman "ilegales". ¿qué puedo hacer?.
Lo ideal sería encontrarse con una de esas "regularizaciones" que el Gobierno ha venido haciendo cada cierto tiempo.
Si esto no ocurre, la verdad es que es una situación muy desagradable, pues muy pocas cosas pueden evitar la eventual deportación.
Puedo decirte algunas opciones: Estoy ilegal. ¿Debo empadronarme en el ayuntamiento? ¿por qué? Todos los extranjeros que deseen permanecer en España, de forma legal o no, tienen la obligación de empadronarse. Esto les asegura la asistencia sanitaria, además de ser una buena prueba si hay que demostrar el tiempo que se lleva aquí. De hecho, después de tres años de estancia ilegal si se cuenta con la posibilidad de trabajar podría llegar a conseguirse la residencia por arraigo. ¿Supone una ventaja el solicitar un NIE? En principio no, si pensamos en términos de regularizarse. El NIE es un número de extranjero que simplemente sirve para identificarse. Se puede solicitar para realizar inversiones o para registrarse en Hacienda y pedir la tarjeta sanitaria. Cuando la policía propone una multa o expulsión, o cuando se solicita asilo, residencia o cualquier trámite, el número es asignado de forma automática (de oficio). Soy ecuatoriano. Me ofrecen un contrato falso por cien mil pesetas, con el cual me proponen arreglar mis papeles, ¿debo aceptar?. Cuidado: lo más seguro es que te quedes sin el dinero y sin los papeles. Lo mejor es que busques una oferta de empleo auténtica, sin pagar dinero, y pruebes suerte. Conozco una abogada que cobra 25.000 pesetas por realizar una solicitud. No tengo que aportar ningún documento. Cada tres meses renueva la solicitud y me dice que puedo caminar por la calle sin riesgo a que la policía me moleste. Me parece que te han estafado. Un futuro incierto si sigues por ese camino. Soy argentino y me gustaría viajar a España a trabajar. Un abogado en internet me dice que por 300$USA hace una solicitud de permiso de residencia y trabajo y me busca una oferta de empleo en una empresa. Te quedarás sin 300$ y la solicitud, si llega a realizarse, tiene prácticamente nulas posibilidades de prosperar. Por lo demás la propuesta tiene toda la apariencia de ser una estafa. ¿Seguro que es, al menos, abogado? |
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